
Vivir con el VIH puede ser una experiencia compleja, especialmente en lo que se refiere a la intimidad. Pero gracias a los avances en el tratamiento, las personas con VIH que alcanzan una carga viral indetectable presentan un riesgo insignificante de transmisión por vía sexual.
En California, el panorama legal en torno a la divulgación del VIH ha cambiado significativamente, especialmente desde la aprobación del proyecto de ley 239 del Senado. Si vives con el VIH, es muy importante que conozcas las leyes sobre la divulgación del VIH.
A continuación, los abogados de The Law Offices of Kerry L. Armstrong, APLC, explorarán los cambios a la ley y cómo estos cambios afectan sus derechos y obligaciones al participar en la actividad sexual en California.
Leyes de divulgación del VIH en California
Antes de 2017, la legislación de California obligaba a revelar el estado serológico respecto al VIH a las posibles parejas sexuales. Sin embargo, con la aprobación de la ley SB 239, California ya no tiene una ley específica que tipifique como delito transmitir o exponer a alguien al VIH. Los puntos clave de SB 239 incluyen:
- Disclosure is not mandatory. California does not have a statute that explicitly criminalizes HIV transmission or exposure. Sentencing enhancements may apply to individuals living with HIV who commit an underlying sexual assault crime.
- La atención se centra en la intención. La ley hace ahora hincapié en la criminalidad de infectar intencionadamente a otros. Si mantienes relaciones sexuales sin protección a sabiendas y por imprudencia con la intención de transmitir el VIH, la ley lo considera un delito menor.
- Condenas por delitos graves anteriores anuladas. El proyecto de ley 239 del Senado también anulaba automáticamente las condenas anteriores relacionadas con la no revelación del estado serológico respecto al VIH.
La sección 1170.21 del Código Penal de California fue introducida por el SB 239 para eliminar las leyes de penalización del VIH y borrar automáticamente las detenciones y condenas anteriores relacionadas con estas leyes:
- No revelación del estado serológico respecto al VIH, y
- Condenas por delito de prostitución basadas en el estado serológico respecto al VIH.
Además, los profesionales del sexo que viven con el VIH/sida ya no pueden ser condenados por delitos graves.
Ley del VIH de California antes y después de la SB 239
Antes de la Ley del Senado 239, era ilegal exponer intencionadamente a una pareja sexual al VIH sin informar del propio estado serológico, lo que conllevaba una pena de prisión de tres a ocho años. El proyecto de ley 239 del Senado lo convirtió en un delito menor y eliminó la mención al VIH. La ley se centraba en cualquier enfermedad transmisible, incluidas las enfermedades de transmisión sexual.
¿Es ilegal no decirle a alguien que tienes VIH en California?
Con arreglo al SB 239, no revelar su estado serológico respecto al VIH por sí solo -es decir, sin factores agravantes adicionales- no constituye delito. Las cosas se complican si las siguientes situaciones se aplican a usted:
- Carga vírica detectable. Si tu carga viral es detectable y mantienes relaciones sexuales sin protección sin informar a tu pareja, y ésta contrae el VIH, podrías enfrentarte a cargos penales por exposición voluntaria a una enfermedad infecciosa. La ley consideraría este acto como un delito menor.
- Exposición intencionada. Si usted tiene a sabiendas una carga viral no suprimida y mantiene relaciones sexuales sin protección sin informar a su pareja, y ésta contrae posteriormente el VIH, podría ser acusado de un delito menor con arreglo al Código Penal de California.
El proyecto de ley 239 del Senado eliminó las sanciones penales asociadas a no revelar el estado serológico respecto al VIH antes de la actividad sexual, siempre que la carga vírica sea indetectable. Una carga vírica indetectable significa que los niveles de VIH en la sangre son tan bajos que no se transmite la enfermedad a través de las relaciones sexuales.
¿Qué es la exposición voluntaria a una enfermedad infecciosa en California?
California tiene una ley que penaliza la transmisión intencionada de una enfermedad infecciosa o contagiosa. Si usted viola esta ley, el tribunal puede encarcelarlo hasta seis meses. Podrías ser culpable de este delito si se dan los siguientes elementos:
- Sabes que tienes una enfermedad infecciosa o contagiosa,
- Actúa con la intención específica de transmitir la enfermedad,
- Tiene una conducta que supone un riesgo sustancial de transmisión de esa enfermedad a otra persona,
- Usted transmite la enfermedad a esa persona, y
- La persona a la que infectaste no sabía que albergabas la enfermedad antes de realizar la conducta.
Una persona que haga todo lo anterior pero no transmita la enfermedad es culpable de un delito menor punible con no más de 90 días de cárcel y una multa de hasta 1.000 dólares, independientemente de que la enfermedad implicada sea el VIH u otra enfermedad infecciosa contemplada en la ley.
¿Y si no divulgo pero uso protección?
Una persona no puede ser procesada por actuar con una intención específica -un deseo consciente de transmitir la enfermedad- si toma o intenta tomar medidas prácticas para evitar la transmisión.
Esto incluye el uso del preservativo, la protección de barrera o el cumplimiento de buena fe del plan de tratamiento aprobado por un proveedor médico. Sin embargo, dependiendo de otras circunstancias, podrías enfrentarte a una demanda civil.
¿Pueden demandarme por no revelar mi estado serológico?
Si no revelas tu estado serológico y tu pareja contrae el virus, puede demandarte por negligencia o falsedad intencionada. Esto podría dar lugar a una compensación económica para la persona que contrajo el VIH de ti.
Aunque con el SB 239 es menos probable que se presenten cargos penales únicamente por no revelación de información, es importante tener en cuenta que las demandas civiles tienen limitaciones y no siempre pueden tener éxito.
¿Pueden las personas seropositivas ser condenadas a penas más severas por otros delitos?
En virtud del artículo 12022.85 del Código Penal de California, las personas seropositivas que conocen su estado serológico y son declaradas culpables de determinados delitos sexuales pueden recibir penas más severas o cargos por agresión con agravantes. Estos delitos incluyen la violación y las relaciones sexuales ilícitas o la sodomía con una persona menor de 18 años.
¿Debo revelar mi estado serológico a mi pareja, aunque la ley no lo exija?
Comunicarse abiertamente con las parejas potenciales es esencial para la confianza y las relaciones sanas. Compartir el estado serológico permite a la pareja tomar decisiones informadas sobre la intimidad y los posibles riesgos, fomentando una relación basada en la confianza y la comprensión. Incluso si no estás legalmente obligado a compartirlo, la honestidad es crucial para establecer la confianza en una relación.
Recursos adicionales
Aquí tiene algunos recursos que pueden ayudarle si tiene alguna pregunta o duda sobre su estado de salud:
- Línea directa Ryan White contra el VIH/SIDA: 800-232-4636
- HIV.gov - Encontrar servicios locales de VIH/SIDA
- Departamento de Salud Pública de California - Oficina del SIDA
- Centros de Investigación de Políticas sobre el VIH/SIDA de California - Leyes sobre el VIH de California
Si tiene preguntas o dudas legales, también estamos aquí para ayudarle.
¿Aún tiene preguntas sobre la revelación del VIH en California?
Si usted tiene preguntas acerca de las leyes de divulgación del VIH o se enfrenta a cargos relacionados con la no divulgación, póngase en contacto con las Oficinas Legales de Kerry L. Armstrong, APLC. Proporcionamos orientación y apoyo legal compasivo y confidencial para ayudar a navegar por cualquier problema legal que pueda surgir de revelar o no revelar su estado de VIH.
Dónde encontrar nuestra oficina de San Diego