
La Sección 264.1 del Código Penal de California incluye un delito sexual conocido como “violación en concierto con otro”, comúnmente llamado violación en grupo.
Como quiera que lo llames, la violación en concierto conlleva consecuencias significativas, como tener en tu historial un delito violento de por vida, estar obligado a registrarte como delincuente sexual y problemas migratorios si no eres ciudadano de los Estados Unidos.
Y todo esto además de una posible sentencia prolongada en prisión.
¿Qué puedes hacer para reducir el riesgo de sufrir las consecuencias devastadoras y que cambian la vida de este delito?
Contratar a un abogado de delitos sexuales es el primer paso para proteger sus derechos.
Los abogados de defensa penal de Las Oficinas Legales de Kerry L. Armstrong, APLC, tienen casi cinco décadas de experiencia luchando agresivamente para proteger a personas como usted.
Dirigidos por el abogado Kerry L. Armstrong—quien cuenta con una certificación de la Junta de Especialización Legal del Colegio de Abogados del Estado de California como especialista en derecho penal.
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¿Qué es la violación en concierto?
La Sección 264.1 del Código Penal de California define la violación en concierto como una persona que actúa voluntariamente junto con al menos otra persona para cometer una violación forzada mediante actos violentos o forzados sin el consentimiento de la víctima.
La Sección 264.1 del Código Penal también se aplica a una situación en la que una persona ayuda e instiga a otra persona a violar a la víctima por la fuerza.
Usted podría preguntar: “¿Qué es exactamente una violación en grupo?” La violación en grupo es el mismo delito que la violación, pero se refiere con mayor precisión a varias personas atacando a la víctima al mismo tiempo, en lugar de una persona ayudando e instigando a otra.
Ayudar e instigar es el término legal que se refiere a ayudar a otra persona a cometer un delito.
En relación con la violación en concierto, ayudar e instigar podría referirse a sujetar a la víctima mientras otra persona comete el acto, o administrarle a la víctima una droga para la violación en una cita para que otra persona pueda cometer el acto.
Debe tener en cuenta que la ley de California en realidad no exige que una persona esté presente durante la comisión del delito para ser condenada por ayudar e instigar.
Basta con instigar, alentar o ayudar al perpetrador a cometer el delito.
Sanciones conforme a la Sección 264.1 del Código Penal de California
La condena de prisión por una declaración de culpabilidad depende de la edad de la víctima.
La ley establece una pena de prisión de 5, 7 o 9 años si la víctima es un adulto. Sin embargo, el período de encarcelamiento aumenta si la víctima es menor de edad:
- Si la víctima es menor de 14 años, la pena de prisión será de 10, 12 o 14 años, y
- Si la víctima tiene entre 14 y 18 años, la pena de prisión puede ser de 7, 9 o 11 años.
Debe recordar que el tribunal puede imponer estas penas de prisión además de las sanciones por condenas por otros delitos.
Los abogados de delitos sexuales de Law Offices of Kerry L. Armstrong, APLC, pueden ayudarle a combatir las acusaciones e incluso ayudar a eliminar las acusaciones de delitos sexuales de su historial.
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