
En California, la definición de “molestar a un menor” se refiere a actos de motivación sexual dirigidos a un niño menor de 18 años.
Estos son cargos graves que podrían resultar en ir a la cárcel si lo condenan. Las condenas también podrían tener graves consecuencias secundarias con efectos que cambian la vida.
¿Qué puede hacer para evitar un resultado negativo si el Estado lo acusa de molestar a un menor? El primer paso que debe tomar es contactar a Las Oficinas Legales de Kerry L. Armstrong, APLC.
Kerry Armstrong es uno de los pocos abogados selectos en San Diego a quienes el Colegio de Abogados de California le ha otorgado la prestigiosa designación de especialista en derecho penal.
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¿Cuáles Son los Términos Clave de la Sección 647.6 del Código Penal?
La sección 647.6 del Código Penal de California prohíbe cualquier conducta que moleste o abuse de un niño menor de 18 años si la conducta está motivada por un interés sexual antinatural o anormal en el menor.
Molestar o Abusar de un Menor
Molestar o abusar de un niño significa cualquier comportamiento dirigido a un menor que una persona razonable encontraría perturbador, irritante, abrumador, ofensivo o dañino. Algunos ejemplos de tal comportamiento incluyen:
- Hacer gestos o comentarios lascivos;
- Exhibirse o pedirle a un niño que se exhiba;
- Seguir o acechar al niño con intención sexual;
- Enviar mensajes o imágenes sexualmente sugestivos;
- Tocamientos o caricias inapropiadas, incluso por encima de la ropa; y
- Exponer al niño a pornografía.
Esta no es una lista completa, pero incluye formas comunes de abuso bajo el estatuto.
Motivado por Interés Sexual
Un componente vital de este delito es su motivación. El interés sexual antinatural o anormal de un adulto hacia el niño debe ser el principal impulsor de la conducta.
Esto significa que su intención principal para la conducta es sexual, no solo juguetona o afectuosa. El comportamiento que no es de naturaleza sexual, incluso si molesta al niño, no cae bajo esta ley.
Interés Sexual Antinatural o Anormal
Aunque no está definido en la ley, el interés sexual antinatural o anormal generalmente significa cualquier interés sexual en un niño que sea significativamente diferente de lo que es normal para alguien de su edad o posición de autoridad.
Es importante señalar que la ley no requiere contacto físico para este delito. La fiscalía puede condenarlo bajo esta ley por palabras, gestos o interacciones en línea que molesten o abusen de un niño, siempre que cometa estos actos motivado por un interés sexual antinatural o anormal en el niño.
¿Qué Debe Probar la Fiscalía para Condenarlo Bajo la Sección 647.6 del Código Penal?
Para asegurar una condena, la fiscalía debe probar más allá de toda duda razonable que todos los elementos del delito están presentes.
Cubrimos algunos en la sección anterior donde discutimos la terminología de la ley, y usaremos muchos de estos términos al describir exactamente qué elementos debe probar la fiscalía.
- Dirigirse directamente a un niño. La conducta alegada debe estar dirigida a un menor de 18 años.
- Percepción de una persona razonable. La conducta debe ser tal que una persona razonable, ante las mismas circunstancias, la perciba como perturbadora, irritante, molesta, ofensiva o incluso dañina.
- Motivo de intención depredadora. Un interés sexual antinatural o anormal en el niño debe ser la fuerza impulsora detrás del comportamiento.
- Momento del Delito. El niño debe haber tenido menos de 18 años cuando ocurrió la conducta alegada.
Entender los detalles de la sección 647.6 del Código Penal es crucial para cualquier persona que enfrente tales acusaciones. Un abogado defensor penal con experiencia puede ayudar a navegar las complejidades del sistema legal y proteger sus derechos durante todo el proceso.
¿Cuál Es la Sentencia por Delito Menor para Quienes Molestan a Menores?
Una sentencia por delito menor generalmente se reserva para delincuentes primerizos que no causaron mucho daño al niño. Podría pasar hasta un año en la cárcel del condado, pagar una multa de hasta $5,000, o ambos.
¿Qué Penas por Delito Grave Enfrenta por Molestar o Abusar de un Menor de 18 Años?
Podría enfrentar hasta tres años en una prisión estatal y una multa de hasta $10,000. Esto es más probable si se aplica alguno de estos factores:
- Tiene una condena previa por abuso de menores u otro delito sexual que involucre a menores, como violación, actos lascivos o pornografía infantil;
- Cometió múltiples actos de abuso de menores contra el mismo niño o diferentes niños;
- Yusó fuerza o violencia contra el niño o lo amenazó con causarle daño;
- Causó un angustia emocional significativa al niño; y
- El niño tenía menos de 14 años al momento del delito.
Además del encarcelamiento y las multas, los cargos por abuso sexual infantil conllevan repercusiones personales y financieras que afectan la reputación, la carrera y la familia:
- Registro como delincuente sexual. Una condena bajo la sección 647.6 del Código Penal exigirá el registro como delincuente sexual. Dicho registro podría imponer limitaciones a su libertad y oportunidades laborales.
- Responsabilidad civil. Las víctimas o sus familiares pueden presentar demandas civiles por daños, que cubren el sufrimiento emocional y los gastos médicos.
Dada la gravedad de tales cargos, es prudente buscar asesoría legal de un abogado defensor penal con experiencia como Kerry L. Armstrong.
¿Cuáles Son Algunas Defensas para Molestar o Abusar de un Menor de 18 Años?
Ser acusado de molestar o abusar sexualmente de un menor de 18 años es un asunto grave que requiere la ayuda de un abogado defensor penal competente. Su abogado puede utilizar varias defensas posibles para combatir los cargos, dependiendo de los hechos de su caso. Algunas de estas defensas incluyen:
- Usted no dirigió sus acciones a un menor;
- Usted no tenía un interés sexual antinatural o anormal en el menor;
- Usted creyó razonablemente que la víctima tenía 18 años o más; o
- Su conducta no habría molestado, perturbado ni dañado a una persona razonable o promedio.
Estas defensas pueden cuestionar la evidencia de la fiscalía lo suficiente como para sembrar una duda razonable sobre su culpabilidad en la mente del jurado. O, si las deficiencias en el caso de la fiscalía son lo suficientemente grandes, su abogado podría lograr persuadir al fiscal de reducir o desestimar sus cargos.
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