Cómo defender los cargos de seducción de menores en California

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Internet es una herramienta extraordinaria que mejora nuestra vida cotidiana. Pero la capacidad de comunicarnos con cualquier persona del mundo en cualquier momento conlleva toda una serie de problemas que no existían en décadas pasadas. La seducción de menores es uno de ellos.

¿Qué es la seducción de menores?

Atraer a un menor ocurre cuando un adulto mayor de 18 años anima a un niño (o a alguien que cree que es un niño) a abandonar la seguridad de su hogar y reunirse con el adulto. A efectos de este delito, se entiende por menor cualquier persona menor de 18 años. 

Un adulto puede utilizar varios métodos para atraer a un niño. Suelen empezar estableciendo una relación por Internet. El adulto trabaja para establecer una relación estrecha y poco a poco va minando las defensas y el sentido común del niño.

Finalmente, intentan despertar el deseo sexual enviando al niño vídeos o fotos de contenido sexual. El objetivo final de estas seducciones es encontrarse con el niño y tener algún tipo de encuentro sexual. 

Los artículos 288.2, 288.3 y 288.4 del Código Penal de California prohíben este tipo de acciones. Y el cargo de atraer a un menor se aplica tanto si hubo contacto real entre el adulto y el niño como si no. El acto de seducción o el envío de material de contenido sexual a un menor es un delito en sí mismo. 

Defensas

Lo hemos visto todo, y entendemos que este tipo de escenarios pueden atrapar a personas inocentes. Cargos de esta naturaleza pueden tener un impacto profundamente negativo en el resto de su vida.

Por lo tanto, si usted debe defenderse contra el cargo de atraer a un menor, necesita un abogado defensor fuerte y con experiencia a su lado. El abogado puede examinar los hechos y determinar una estrategia de defensa que le dé la mejor oportunidad posible de exoneración.

Cada caso es diferente, así que cada defensa será específica a los hechos de su caso. Sin embargo, en términos generales, hay tres defensas a estos cargos.

Si usted es el padre, la madre o el tutor del menor y le entregó el material en un intento legítimo de proporcionarle educación sexual, es probable que no se le declare culpable de este delito.

Aunque usted no sea el padre o tutor del niño, si se dedica a la educación sexual legítima o a la investigación científica, es probable que no se le declare culpable de seducción de menores.

Si usted no envió el material ofensivo en absoluto, entonces también puede tener una defensa. Sin embargo, si el material puede ser rastreado hasta una cuenta de su propiedad, puede tener una ardua batalla para demostrar que no fue usted quien realmente envió el material.

Deje que nuestros abogados le ayuden

Los abogados de Las Oficinas Legales de Kerry L. ArmstrongAPLC, se preocupan por ayudar a que su vida vuelva a la normalidad. No nos asustan los casos difíciles, y nunca nos echamos atrás en la lucha por sus derechos hasta el juicio, si es necesario. Así que, llámenos hoy o contáctenos en línea para su consulta inicial gratuita.

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Kerry L. Armstrong

 

Abogado Kerry Armstrong abrió su bufete en junio de 2007. El Sr. Armstrong asistió a Facultad de Derecho Thomas JeffersonSan Diego, California, y obtuvo su licenciatura en Universidad Estatal de Middle Tennessee. Kerry L. Armstrong obtuvo la certificación del Consejo de Especialización Jurídica del Colegio de Abogados de California de Derecho Penal en agosto de 2020, lo que le uno de los pocos abogados penalistas con un certificado de especialización jurídica en derecho penal en el condado de San Diego. Entre 2014 - 2019, el Sr. Armstrong fue seleccionado para su inclusión en el Súper Abogados de California un honor que sólo se concede al 5% de los abogados del país.

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