La diferencia entre desestimado sin perjuicio y desestimado con perjuicio en CA

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En el contexto del derecho penal, "desestimado sin perjuicio" significa que el fiscal puede volver a presentar su caso en una fecha posterior. En cambio, en el caso de una "desestimación con perjuicio", el caso termina y usted queda en libertad.

Ciertas reglas determinan si un caso se desestima con o sin perjuicio. A continuación, los abogados de defensa penal de California en Las Oficinas Legales de Kerry L. Armstrong, APLC explicarán esas reglas y qué hace que la desestimación con o sin perjuicio sea diferente.

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¿Qué significa "desestimado sin perjuicio"?

Un caso penal en California puede desestimarse sin perjuicio, lo que significa que puede presentarse nuevamente más adelante. Algunas de las razones más comunes para desestimar un caso sin perjuicio incluyen:

  • Falta de jurisdicción: El tribunal no tiene la facultad de decidir su caso. El delito podría haber ocurrido fuera de la jurisdicción del tribunal, por ejemplo.
  • Sede inapropiada: Por diversas razones, sería mejor que otro tribunal juzgara el caso.
  • Notificación indebida del proceso: El tribunal no notificó correctamente al acusado sobre el proceso en su contra.

En una desestimación penal sin perjuicio, por lo general (aunque no siempre) es el abogado del acusado quien inicia el proceso de desestimación presentando una moción para desestimar. Cuando cualquiera de las partes presenta una moción para desestimar, la otra parte tiene la oportunidad de responder. 

Cuando la moción del acusado da lugar a una desestimación, la desestimación es involuntaria. Cuando la moción de la fiscalía da lugar a una desestimación, la desestimación es voluntaria. Los jueces normalmente no desestiman casos por iniciativa propia.

¿Qué significa "desestimación con perjuicio"?

La desestimación con perjuicio es un acto legal que generalmente pone fin a un caso civil o penal. Si el juez desestima su caso penal con perjuicio, se retiran los cargos y usted queda libre.

En casi todas las situaciones, ningún tribunal puede volver a juzgarlo por la misma conducta, ya que eso violaría la Cláusula de Doble Incriminación de la Quinta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos.

Doble enjuiciamiento y desestimación con perjuicio

La “doble incriminación” está prohibida por la Constitución de los Estados Unidos, que establece: “Ninguna persona . . . podrá ser sometida dos veces por el mismo delito a peligro de perder la vida o un miembro . . . .” Esta cláusula significa (sujeta a excepciones limitadas) que no puede ser juzgado dos veces por el mismo cargo penal.

La cláusula de doble incriminación determina si ciertas acciones harán que un caso se desestime con o sin perjuicio. La desestimación de un caso penal debe ser con perjuicio si:

  • El tribunal ya ha constituido un jurado;
  • El juicio es un juicio ante el juez y el tribunal ya ha tomado juramento al primer testigo;
  • El tribunal absuelve al acusado;
  • Un tribunal absuelve al acusado de un delito menor incluido (un tribunal no puede juzgar a un acusado por homicidio en primer grado después de que ese tribunal u otro tribunal absuelva al acusado de homicidio en segundo grado por la misma muerte, por ejemplo); o
  • Un tribunal revoca la condena del acusado por un delito menor incluido.

Si un tribunal condena al acusado por un delito y un tribunal superior revoca la condena, un tribunal puede volver a juzgar al acusado. Por lo tanto, una absolución es definitiva, pero la revocación de una condena no es necesariamente definitiva.

No tememos luchar por su libertad

El sistema de justicia penal del Condado de San Diego es una jungla. Sus principios rectores son la competencia y el conflicto, y usted estará en una grave desventaja a menos que contrate a un abogado de defensa penal con experiencia para que lo represente.

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Kerry L. Armstrong

 

Abogado Kerry Armstrong abrió su bufete de abogados en junio de 2007. El Sr. Armstrong asistió a la Facultad de Derecho Thomas Jefferson, San Diego, California, y recibió su B.S. de la Universidad Estatal de Middle Tennessee. Kerry L. Armstrong obtuvo la certificación de la Junta de Especialización Legal del Colegio de Abogados del Estado de California de derecho penal en agosto de 2020, lo que lo convierte en uno de los pocos abogados de defensa penal con un certificado de especialización legal en derecho penal en el Condado de San Diego. Entre 2014 y 2019, el Sr. Armstrong fue seleccionado para formar parte de la lista California Super Lawyers lista, un honor otorgado solo al 5% de los abogados del país.