
Vivir con VIH puede ser una experiencia compleja, especialmente cuando se trata de la intimidad. Pero gracias a los avances en el tratamiento, las personas con VIH que logran una carga viral indetectable presentan un riesgo insignificante de transmisión a través del sexo.
En California, el panorama legal en torno a la divulgación del VIH ha cambiado significativamente, especialmente desde la aprobación del Proyecto de Ley del Senado 239. Si usted vive con VIH, comprender las leyes de divulgación del VIH es muy importante.
A continuación, los abogados de The Oficinas Legales de Kerry L. Armstrong, APLC, analizarán los cambios en la ley y cómo estos cambios afectan sus derechos y obligaciones al tener actividad sexual en California.
Leyes de Divulgación del VIH en California
Antes de 2017, la ley de California exigía la divulgación del estado del VIH a las posibles parejas sexuales. Sin embargo, con la aprobación de la SB 239, California ya no tiene una ley específica que considere un delito transmitir o exponer a alguien al VIH. Puntos clave de la SB 239 incluyen:
- La divulgación no es obligatoria. California no tiene una ley que criminalice explícitamente la transmisión o exposición al VIH. Pueden aplicarse agravantes en la sentencia a las personas que viven con VIH que cometen un delito subyacente de agresión sexual.
- El enfoque está en la intención. La ley ahora enfatiza la criminalidad de infectar a otros intencionalmente. Si usted a sabiendas e imprudentemente tiene relaciones sexuales sin protección con la intención de transmitir el VIH, la ley lo considera un delito menor.
- Condenas por delitos graves previas anuladas. El Proyecto de Ley del Senado 239 también anuló automáticamente las condenas pasadas relacionadas con la no divulgación del estado del VIH.
La sección 1170.21 del Código Penal de California fue introducida por la SB 239 para eliminar las leyes de criminalización del VIH y borrar automáticamente los arrestos y condenas previos relacionados con estas leyes:
- No divulgación del estado del VIH, y
- Condenas por prostitución como delito grave basadas en el estado serológico de VIH.
Además, las personas trabajadoras sexuales que viven con VIH/SIDA ya no están sujetas a condenas por delitos graves.
Vea lo que nuestros clientes tienen que decir sobre nuestros servicios:
La ley de VIH de California antes y después de la SB 239
Antes de la SB 239, era ilegal exponer intencionalmente a una pareja sexual al VIH sin informar sobre el estado serológico propio, lo que conllevaba una pena de prisión de tres a ocho años. El Proyecto de Ley del Senado 239 cambió esto a un delito menor y eliminó la mención del VIH. La ley se enfocó en cualquier enfermedad transmisible, incluidas las enfermedades de transmisión sexual.
¿Es ilegal no decirle a alguien que tiene VIH en California?
Según la SB 239, no revelar su estado serológico de VIH por sí solo—es decir, sin factores agravantes adicionales—no es un delito. Las cosas se complican más si le aplican las siguientes situaciones:
- Carga viral detectable. Si su carga viral es detectable y tiene relaciones sexuales sin protección sin informar a su pareja, y esta contrae VIH, usted podría enfrentar cargos penales por exposición intencional a una enfermedad infecciosa. La ley consideraría este acto como un delito menor.
- Exposición intencional. Si usted sabe que tiene una carga viral no suprimida y tiene relaciones sexuales sin protección sin informar a su pareja, y esta posteriormente contrae VIH, podría ser acusado de un delito menor según el Código Penal de California.
El Proyecto de Ley del Senado 239 eliminó las sanciones penales asociadas con no revelar su estado serológico de VIH antes de la actividad sexual, siempre que la carga viral sea indetectable. Una carga viral indetectable significa que los niveles de VIH en su sangre son tan bajos que no transmitirá la enfermedad a través de las relaciones sexuales.
¿Qué es la exposición intencional a una enfermedad infecciosa en California?
California tiene una ley que penaliza la transmisión intencional de una enfermedad infecciosa o contagiosa. Si usted viola esta ley, el tribunal puede condenarlo a prisión por hasta seis meses. Podría ser culpable de este delito si existen los siguientes elementos:
- Usted sabe que tiene una enfermedad infecciosa o contagiosa,
- Usted actúa con la intención específica de transmitir la enfermedad,
- Usted incurre en una conducta que representa un riesgo sustancial de transmisión de esa enfermedad a otra persona,
- Usted transmite la enfermedad a esa persona, y
- La persona a la que infectó no sabía que usted portaba la enfermedad antes de realizar la conducta.
Una persona que hace todo lo anterior pero no transmite la enfermedad es culpable de un delito menor sancionable con no más de 90 días de cárcel y una multa de hasta $1000, sin importar si la enfermedad involucrada es VIH u otra enfermedad infecciosa cubierta por la ley.
¿Qué pasa si no lo revelo pero uso protección?
Una persona no puede ser procesada por actuar con una intención específica—un deseo consciente de transmitir la enfermedad—si toma o intenta tomar medidas prácticas para prevenir la transmisión.
Esto incluye el uso de un condón, protección de barrera o el cumplimiento de buena fe de un plan de tratamiento aprobado por un proveedor médico. Sin embargo, dependiendo de otras circunstancias, podría enfrentar una demanda civil.
¿Pueden demandarme por no revelar mi estado serológico de VIH?
Si usted no revela su estado serológico de VIH y su pareja contrae el virus, esta podría demandarlo por negligencia o tergiversación intencional. Esto podría resultar en una compensación económica para la persona que contrajo VIH de usted.
Aunque los cargos penales únicamente por la falta de divulgación son menos probables según la SB 239, es importante señalar que las demandas civiles tienen limitaciones y no siempre resultan en reclamos exitosos.
¿Pueden las personas que viven con VIH enfrentar sentencias más severas por otros delitos?
Bajo la Código Penal de California §12022.85, las personas con VIH que conocen su estado serológico y son condenadas por delitos sexuales específicos pueden recibir sentencias aumentadas o cargos por agresión agravada. Estos delitos incluyen violación y relaciones sexuales ilícitas o sodomía con una persona menor de 18 años.
¿Debo revelar mi estado serológico de VIH a una pareja sexual, incluso si no es legalmente requerido?
Comunicarse abiertamente con posibles parejas es esencial para la confianza y las relaciones sanas. Compartir su estado serológico de VIH permite que las parejas tomen decisiones informadas sobre la intimidad y los posibles riesgos, fomentando una relación basada en la confianza y el entendimiento. Incluso si no está legalmente obligado a compartirlo, la honestidad es crucial para establecer confianza en una relación.
Recursos adicionales
Aquí hay algunos recursos que pueden ayudar si tiene preguntas o inquietudes sobre su estado de salud:
- Línea directa de VIH/SIDA Ryan White: 800-232-4636
- HIV.gov – Encuentre servicios locales de VIH/SIDA
- Departamento de Salud Pública de California – Oficina de SIDA
- Centros de Investigación de Políticas sobre VIH/SIDA de California – Leyes de VIH de California
Si tiene preguntas o inquietudes legales, también estamos aquí para ayudar.
¿Todavía tiene preguntas sobre la divulgación del VIH en California?
Si tiene preguntas sobre las leyes de divulgación del VIH o enfrenta cargos relacionados con la falta de divulgación, comuníquese con Las Oficinas Legales de Kerry L. Armstrong, APLC. Brindamos orientación legal compasiva y confidencial y apoyo para ayudar a enfrentar cualquier problema legal que pueda surgir por revelar o no revelar su estado serológico de VIH.
Dónde Puede Encontrar Nuestra Oficina en San Diego

