
California penaliza ciertas frases que hacen temer por la vida y la seguridad de las personas o de otros.
Aunque la ley fue creada pensando en casos de pandillas, los tribunales la han ampliado enormemente para incluir todo tipo de situaciones.
A menudo se presenta en casos de violencia doméstica y casos de agresión. Sin embargo, el estatuto correspondiente requiere múltiples elementos antes de que sea probable una condena.
Entonces, ¿son ilegales las amenazas de muerte en California? ¿Puede ir a la cárcel por amenazar a alguien? En circunstancias limitadas, la respuesta es sí.
Si recibió cargos por hacer amenazas criminales en California, no tiene tiempo que perder. Contacto a un abogado de defensa penal lo antes posible para hablar sobre su caso.
Explicación del Código Penal §422
Código Penal §422 le prohíbe amenazar deliberadamente con cometer un delito que resulte en la muerte o lesión corporal grave de otra persona. Para condenarlo bajo el Código Penal §422, la fiscalía también debe probar:
- Que usted tenía la intención de que la declaración se tomara como una amenaza, incluso si no tenía la intención de llevarla a cabo;
- Que la amenaza es tan inequívoca, incondicional, inmediata y específica que transmite una posibilidad inmediata de ejecución; y
- Que la parte amenazada tiene un temor razonable y sostenido por su propia seguridad o la de su familia inmediata.
La persona puede comunicar la amenaza verbalmente, por escrito o a través de medios electrónicos como correo electrónico o mensaje de texto.
A los efectos de este estatuto, la familia inmediata de la parte amenazada incluye:
- Cónyuges;
- Padres;
- Hijos;
- Cualquier persona relacionada por consanguinidad o afinidad dentro del segundo grado;
- Cualquier persona que resida regularmente en el hogar; o
- Cualquier persona que haya residido regularmente en el hogar durante los últimos seis meses.
Las amenazas criminales, anteriormente conocidas como amenazas terroristas, pueden presentarse como un delito menor o un delito grave.
Temor Razonable y Sostenido de Muerte o Lesión Corporal Grave
Si una víctima sufrió un temor razonable y sostenido depende de cada víctima individual. Los tribunales analizan el temor de manera subjetiva, lo que significa que no importa lo que una persona promedio consideraría atemorizante.
Lo que importa es si la víctima de la amenaza realmente temió por su seguridad. En esencia, la víctima debe creer que la amenaza es creíble y temer su ejecución.
Además, el estatuto requiere que el temor de la víctima sea sostenido. En muchas circunstancias, el temor se disipa inmediatamente después de que ocurre un encuentro.
Para tener un temor sostenido, la víctima debe tener un estado mental que se extienda más allá de lo momentáneo, pasajero o transitorio.
Intención
El Código Penal §422 requiere que usted tenga la intención específica de que su declaración se tome como una amenaza. Si tenía la intención de que sus palabras se tomaran como una broma, no puede ser condenado bajo este estatuto.
Además, la víctima debe creer que usted tenía la intención de ejecutar la amenaza.
Sin embargo, eso no significa que usted tuviera que tener la intención de llevar a cabo la amenaza. Mientras usted tuviera la intención de hacer que la víctima temiera que usted realmente llevara a cabo la amenaza, se aplica un cargo de amenazas criminales.
Defensas contra el Código Penal §422
El estatuto de amenazas criminales requiere la prueba de múltiples elementos, lo que dificulta que la fiscalía obtenga una condena. Hay una serie de circunstancias que puede usar para defenderse contra este cargo.
Si desea saber cómo vencer un cargo de amenaza criminal, comuníquese con un abogado defensor penal calificado de California hoy para hablar sobre su caso.
Amenaza Vaga o Ambigua
Para que una amenaza se considere una "amenaza criminal" según la ley de California, debe ser incondicional, inmediata, clara y específica.
En algunos casos, las amenazas no cumplen con este umbral. Declaraciones como "Te voy a agarrar" o "Estás acabado" contienen lenguaje amenazante.
Pero estas palabras también podrían interpretarse fácilmente de manera no criminal. El Código Penal §422 requiere una amenaza más precisa para que el cargo prospere.
Una amenaza que carece de indicación de cuándo o cómo se ejecutará no cumple con los elementos de una amenaza criminal.
Falta de Temor
El Código Penal §422 requiere que la víctima tenga un temor razonable y sostenido causado por la amenaza.
Un cargo de amenazas criminales puede ser derrotado demostrando que la víctima no tenía temor, pensó que la amenaza era una broma o solo tuvo temor por un momento.
¿Cómo Puedo Combatir los Cargos del Código Penal §422?
Como se indicó anteriormente, un cargo de amenazas criminales contiene varios elementos que la fiscalía debe probar antes de condenarlo.
Nuestros abogados de defensa penal en las Oficinas Legales de Kerry L. Armstrong, APLC, han defendido a clientes penales en mucho más de 100 juicios con jurado.
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