La Constitución y los controles policiales

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La Cuarta Enmienda de la Constitución de EE.UU. le otorga el derecho a circular libremente sin ser sometido a registros e incautaciones ilegales por parte de las fuerzas del orden. Si los controles establecidos por las fuerzas del orden violan o no la Constitución es una cuestión sobre la que el Tribunal Supremo de EE.UU. se ha pronunciado en numerosas ocasiones en casos relacionados con distintos tipos de controles.

 

Punto de control para las fuerzas del ordenLa legalidad de los controles depende de su finalidad

Según el Tribunal Supremo, los controles establecidos por la policía para recabar información general sobre la actividad delictiva en una zona constituyen una violación de la Cuarta Enmienda. Sin embargo, el Tribunal ha dictaminado que los controles establecidos por la policía a raíz de un delito concreto, como un atropello con fuga, están permitidos siempre que su finalidad sea recabar la ayuda de cualquier persona que pueda haber presenciado o tener información sobre la actividad delictiva.

La distinción entre el puesto de control permitido y el prohibido por el tribunal radica en la finalidad de cada uno de ellos. Los puntos de control establecidos cerca del lugar donde se ha cometido un delito para recabar información en el marco de una investigación en curso son distintos de los que paran vehículos para averiguar si sus conductores han cometido o están cometiendo delitos.

 

Puntos de control de DUI en California

Cuando el Tribunal Supremo dictaminó hace muchos años que los puntos de control de DUI no violaban la Constitución, incluyó directrices específicas para la policía y otros organismos encargados de hacer cumplir la ley a seguir para evitar que sean mal utilizados. Los puntos de control de DUI en California deben cumplir con lo siguiente:

 

  • Debe haber un plan preparado de antemano.
  • El puesto de control debe estar bajo el mando de un supervisor en el lugar.
  • Debe advertirse adecuadamente a los conductores del puesto de control.
  • Debe haber un orden en la selección de los vehículos que se van a detener.

 

Antes de poner en marcha un puesto de control, la policía debe decidir a qué vehículos se detendrá cuando pasen por él. Puede hacerse parando a todos los vehículos que circulan por una carretera o parando a uno de cada dos o tres vehículos. Lo importante es que debe seguir una secuencia predeterminada. Desviarse de esa secuencia para señalar a un vehículo concreto violaría la Constitución, a menos que la policía tuviera una causa probable o una sospecha razonable para efectuar la parada.

A diferencia de los puntos de control en algunos otros estados, la ley de California requiere que las agencias de aplicación de la ley anuncien la fecha para una operación prevista. Esto es además de la señalización y las luces de advertencia que deben estar presentes en el momento en que el puesto de control está activo.

 

Sus derechos en un control de DUI en California

La ley estatal le da derecho a no detenerse en un puesto de control de DUI. A menos que los oficiales que manejan el puesto de control lo vean cometiendo una infracción de la ley o lo vean conduciendo erráticamente o mostrando otros signos de intoxicación, no pueden impedirle que se vaya o dificultarle que evite el puesto de control.

Tenga en cuenta que California también utiliza puntos de control de sobriedad para controlar las licencias de conducir. Si usted es sorprendido en un puesto de control sin licencia o conduciendo con una licencia que ha sido revocada o suspendida, puede ser arrestado.

 

Un abogado de defensa criminal puede ayudar con las detenciones en puntos de control

Los abogados de defensa criminal que representan a alguien arrestado en un puesto de control con frecuencia revisan los procedimientos seguidos por las fuerzas del orden. El incumplimiento por parte del departamento o agencia de la ley de California relativa a las normas para el establecimiento de puestos de control podría ser importante en una estrategia de defensa que impugne la detención como una violación de los derechos de la cuarta enmienda de la persona.

Foto del autor

Kerry L. Armstrong

 

Abogado Kerry Armstrong abrió su bufete en junio de 2007. El Sr. Armstrong asistió a Facultad de Derecho Thomas JeffersonSan Diego, California, y obtuvo su licenciatura en Universidad Estatal de Middle Tennessee. Kerry L. Armstrong obtuvo la certificación del Consejo de Especialización Jurídica del Colegio de Abogados de California de Derecho Penal en agosto de 2020, lo que le uno de los pocos abogados penalistas con un certificado de especialización jurídica en derecho penal en el condado de San Diego. Entre 2014 - 2019, el Sr. Armstrong fue seleccionado para su inclusión en el Súper Abogados de California un honor que sólo se concede al 5% de los abogados del país.

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