El secuestro es un delito grave que puede resultar en tiempo de cárcel, multas costosas, y otras ramificaciones para usted y sus seres queridos.

El secuestro se considera un delito grave, por lo que puede perder su derecho al voto mientras esté encarcelado o en libertad condicional por el delito. También perderá su derecho a formar parte de un jurado a menos que restablezca sus derechos civiles en California.

Incluso si la fiscalía no logra condenarlo por secuestro, su reputación puede sufrir un daño irreparable sólo por las acusaciones. 

La mejor manera de evitar una condena por secuestro o de conseguir que sus cargos por secuestro se reduzcan a un delito menor es contratando a un abogado especializado en secuestros en el Condado de San Diego para que represente su caso. 

Leyes penales sobre secuestro: California

La ley de California describe dos formas diferentes de secuestro. El secuestro simple (artículo 207 del Código Penal) se produce cuando alguien traslada a otra persona sin su consentimiento mediante el uso de la fuerza o el miedo. 

El secuestro agravado es un cargo más grave que el secuestro simple.

El secuestro agravado se produce cuando alguien traslada a otra persona sin su consentimiento mediante el uso de la fuerza, el miedo o el fraude, y:

  • La víctima es un menor de 14 años,
  • Se pide un rescate por la víctima,
  • El secuestro se produce durante un robo de coche, o
  • La víctima sufre lesiones corporales o la muerte.

El desplazamiento de la víctima es un elemento necesario del secuestro. El movimiento debe ser sustancial, no una distancia leve o trivial.

Entre los factores que deben tenerse en cuenta para determinar si el movimiento es "sustancial" figuran los siguientes:

  • La distancia real recorrida,
  • Si el movimiento aumentó el riesgo de daño para la presunta víctima, y
  • Si el movimiento disminuía la probabilidad de ser capturado.

El juez o jurado que presida el caso en el juicio determinará si el movimiento es lo suficientemente sustancial como para justificar una condena por secuestro.

Sanciones por secuestro 

El secuestro es un delito grave que puede conllevar tres, cinco u ocho años de prisión y una multa de hasta 10.000 dólares.

El secuestro agravado en el que la presunta víctima era menor de 14 años se considera un delito grave y conlleva la posibilidad de cinco, ocho u once años de prisión.

El secuestro con agravantes conlleva la posibilidad de cadena perpetua con posibilidad de libertad condicional si el secuestro fue por rescate, recompensa o para cometer:

  • Chantaje,
  • Robo,
  • Violación,
  • Cópula oral por la fuerza,
  • Actos ilegales de sodomía,
  • Actos lascivos con un menor, o
  • Robo de coche.

El secuestro con agravantes conlleva la posibilidad de cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional si el secuestro fue para obtener un rescate, una recompensa o para cometer extorsión y:

  • La presunta víctima sufre muerte o lesiones corporales, o
  • El acusado coloca a la presunta víctima en una situación que la expone a una probabilidad sustancial de muerte.

Como puede ver, las penas por secuestro pueden aumentar significativamente dependiendo de las circunstancias.

Posibles defensas en un caso de secuestro en el condado de San Diego

El fiscal debe probar cada elemento de la acusación más allá de toda duda razonable.

Un abogado penalista con experiencia puede revisar los detalles de su caso y determinar si una defensa legal puede derrotar un elemento del delito. 

La falta de consentimiento de la presunta víctima es un elemento necesario de un cargo de secuestro. Por lo tanto, si usted puede demostrar que una presunta víctima dio su consentimiento para trasladarse a otro lugar, esto puede actuar como defensa legal contra los cargos de secuestro. Los niños y las personas mentalmente incapacitadas no pueden dar legalmente su consentimiento. 

Otro elemento del secuestro es el uso de la fuerza, el miedo y, en los casos de secuestro agravado, el fraude.

En el caso del secuestro simple, esto significa que el acusado utilizó la fuerza física durante el secuestro o amenazó con infligir un daño físico inminente.

En el caso del secuestro agravado, el fraude consiste en hacer falsas promesas o engañar a la víctima para convencerla de que dé su consentimiento para ser trasladada a otro lugar. 

Como ya se ha dicho, el traslado de una persona a otro lugar es un elemento necesario para la acusación de secuestro.

Mantener a alguien en un lugar en lugar de trasladarlo a otro puede servir de defensa contra los cargos.

Sin embargo, el fiscal puede acusarle de detención ilegal, que no requiere el traslado a otro lugar. 

Cargos relacionados con el secuestro

En algunos casos, los estatutos describen conductas específicas separadas del cargo de secuestro.

Alternativamente, el jurado puede condenarle por un delito menos grave de secuestro si cree que es una resolución más justa.

Secuestro en relación con extorsión

El Código Penal de California §210 prohíbe a cualquier persona tratar de extorsionar a alguien o recuperar el dinero de la recompensa haciéndose pasar por un secuestrador. Este estatuto también se aplica a cualquiera que haya ayudado e instigado a otra persona haciéndose pasar por secuestrador.

El secuestro en relación con la extorsión es un delito grave que conlleva dos, tres o cuatro años de prisión. Puede ser condenado por este cargo aunque no haya secuestrado a nadie.

Falso encarcelamiento

La detención ilegal se produce cuando alguien sujeta, confina o detiene a otra persona sin su consentimiento.

El encarcelamiento falso es un delito menor incluido en el secuestro porque no se puede secuestrar a alguien sin encarcelarlo falsamente.

Sin embargo, a diferencia del secuestro, el encarcelamiento ilegal no requiere el uso del miedo, la fuerza o el fraude para probar con éxito el cargo.

Además, mantener a alguien en un lugar singular sin dejarle salir es suficiente para sostener un cargo de detención ilegal, pero no se califica como secuestro.

El fiscal decide si imputa la detención ilegal como delito menor o como delito grave.

Una condena por delito grave de detención ilegal conlleva una pena máxima de tres años de encarcelamiento.

Una condena por delito menor de detención ilegal conlleva la posibilidad de hasta seis meses de cárcel y una multa de hasta 1.000 dólares.

¿Puedo ser acusado de secuestro por llevarme a mi propio hijo?

En algunos casos, puede enfrentarse a cargos por llevarse a su propio hijo sin permiso. 

El progenitor que tiene la custodia legal de su hijo puede viajar libremente con él, incluso sin el permiso del otro progenitor.

La ley de sustracción de menores de California prohíbe que un padre sin custodia legal de su hijo aleje maliciosamente a su hijo del padre/tutor con custodia legal. Un padre que secuestra a su hijo puede enfrentarse a cargos de sustracción de menores y secuestro.

¿Cómo puede un abogado de secuestros de San Diego ayudar en mi caso?

Un abogado con experiencia en defensa criminal en el Condado de San Diego le da la mejor oportunidad de evitar una condena por secuestro.

Revisaremos los detalles de su caso y veremos si una defensa legal puede derrotar un elemento necesario del cargo de secuestro. Nuestro equipo puede recopilar información sobre su caso por:

  • Solicitar una copia del informe policial,
  • Revisión de las entrevistas con el denunciante y los testigos, y
  • Observar las grabaciones de vigilancia o BWC disponibles.

Si usted está enfrentando cargos de secuestro, los abogados de San Diego en Las Oficinas Legales de Kerry L. Armstrong, APLC, están aquí para asistirle. 

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