En el estado de California, la Proposición 47 fue aprobada como la "Ley de Barrios y Escuelas Seguros". Esta proposición puede ayudar a reducir la población carcelaria, ya que reordena como delitos menores las faltas no violentas que originalmente eran delitos graves.

La reducción de reclusos ahorrará dinero a California que podrá ser utilizado para ayudar en programas de drogas, mentales y de salud para las escuelas. Aquí están los detalles de la Proposición 47:

  • Clasifica los "delitos no graves y no violentos" como faltas en lugar de delitos graves, a menos que el acusado tenga condenas previas por asesinato, violación, determinados delitos sexuales o determinados delitos con armas de fuego.
  • Exigió una "revisión exhaustiva" de los antecedentes penales y una evaluación del riesgo de cualquier persona antes de volver a ser condenada para garantizar que no supone un riesgo para el público.
  • Distribuidos los fondos del Fondo de Vecindarios y Escuelas Seguras de la siguiente manera: 25% al Departamento de Educación, 10% a la Junta de Compensación de Víctimas y Reclamaciones Gubernamentales y 65% a la Junta Correccional Estatal y Comunitaria.
  • Permitió volver a dictar sentencia a quienes estuvieran cumpliendo una pena de prisión por cualquiera de los delitos que la iniciativa reduce a delitos menores. Según Lenore Anderson, de Californians for Safety and Justice (Californianos por la Seguridad y la Justicia), en virtud de la Proposición 47, 10.000 reclusos podían optar a una nueva sentencia.[3]
  • Creación de un Fondo para Barrios y Escuelas Seguros. El fondo se estableció para recibir asignaciones basadas en los ahorros acumulados por el estado durante el año fiscal, en comparación con el año fiscal anterior, debido a la aplicación de la iniciativa. Las estimaciones oscilaban entre 150 y 250 millones de dólares anuales.

¿Es su delito susceptible de reducción de pena?

Cientos de presos ya han sido afectados por esta nueva proposición cuyas sentencias han sido reclasificadas de delitos graves a delitos menores. Hay varios delitos que son elegibles para la reducción de una sentencia bajo la Proposición 47, tales como:

  • Posesión de propiedad robada, valor no superior a 950 $.
  • Posesión de cocaína, metanfetamina, drogas de violación y heroína
  • Falsificación, valor no superior a 950 dólares
  • Fraude con créditos y cheques, por un valor no superior a 950 $.
  • Hurto mayor de bienes/objetos, valor no superior a 950 $.
  • Hurto, valor no superior a 950 dólares

Todos los delitos enumerados se consideran delitos no violentos y pueden ser elegibles para la Proposición 47. No todos los reclusos serán elegibles para la reducción de su condena. No todos los reclusos podrán acogerse a la reducción de su condena. La pena máxima es de un año de reclusión y cualquier otro preso que ya esté cumpliendo condena por un delito grave puede ser elegible para apelar a una sentencia más simple o a una posible salida anticipada de la cárcel. Para ser plenamente elegible, el acusado no puede ser un delincuente sexual registrado ni estar implicado en un delito grave/violento.

Permítanos ayudarle con su reducción de delito grave

Las Oficinas Legales de Kerry L. Armstrong vienen equipadas con los mejores abogados para representar y defender a los acusados en todas las Reducciones de Delitos Graves de la Proposición 47. El talento de los abogados es evidente debido a la naturaleza sensible de estos casos y la atención especial que cada acusado recibe a lo largo de este tedioso proceso.

Si usted o un ser querido es elegible para una reducción de sentencia, usted necesita un abogado con experiencia en reducción de delitos graves en San Diego.

Póngase en contacto con las Oficinas Legales de Kerry L. Armstrong, APLC, hoy para una consulta inicial gratuita.