¿Puede poseer un arma después de haber sido acusado de violencia doméstica?

Consultas gratuitas y confidenciales

Si usted es propietario de un arma de fuego en California y se enfrenta a cargos o condenas por violencia doméstica (VD), es posible que se pregunte: "¿Puedo poseer un arma de fuego después de un cargo por violencia doméstica?" Esta es una pregunta válida y vital, ya que las leyes relativas a la propiedad de armas de fuego y la violencia doméstica son complejas y a menudo confusas.

Diferentes reglas y regulaciones tanto a nivel federal como estatal afectan a sus derechos de armas, dependiendo de su situación. Esta entrada de blog tiene como objetivo aclarar el complicado panorama legal que rodea la posesión de armas y los cargos de violencia doméstica en California.

Para obtener orientación personalizada y asesoramiento legal experto adaptado a su situación, no dude en consultar con un abogado calificado en violencia doméstica de San Diego. Su futuro y sus derechos están en juego, y la asistencia legal adecuada puede hacer toda la diferencia.

Actúe hoy mismo para proteger sus derechos y garantizar el mejor resultado posible para su caso.

Leyes de California sobre violencia doméstica y armas de fuego

California es uno de los estados que adopta una postura firme contra la violencia doméstica, y esto se refleja en sus leyes sobre armas de fuego. Las acusaciones de violencia doméstica pueden tener un impacto significativo en sus derechos sobre las armas de fuego, independientemente de si se le acusa o condena.

Acusación de violencia doméstica sin condena

Incluso si usted no ha sido condenado por un delito de VD, todavía puede enfrentar restricciones de armas de fuego tan pronto como se le acusa. Esto se debe a que los jueces de California a menudo emiten órdenes de restricción de protección penal al comienzo de un caso de VD, requiriendo que entregue cualquier arma de fuego que posea.

Esto ilustra cómo los cargos por violencia doméstica pueden afectar a sus derechos sobre las armas, incluso sin una condena, Tanto las leyes federales como las estatales le prohíben tener un arma o munición si usted está bajo cualquier orden de restricción relacionada con la violencia doméstica, incluso las temporales que duran hasta su audiencia.

Condena por violencia doméstica

Una condena por un delito de VD en California afectara significativamente sus derechos a poseer armas de fuego, ya sea una condena por un delito menor o un delito grave. Tanto las leyes federales como las estatales imponen limitaciones estrictas a la posesión de armas de fuego para las personas condenadas por delitos menores de VD, prohibiéndoles poseer armas de fuego.

California le prohíbe poseer armas de fuego durante diez años si es condenado por delitos menores específicos de violencia doméstica. Si no ha cometido ningún otro delito en los diez años posteriores a su condena, es posible que pueda recuperar sus derechos sobre las armas de fuego en virtud de la legislación de California.

Las penas son mas severas si usted es condenado por un delito grave de violencia domestica, especialmente si resulta en lesiones. Dependiendo de su delito grave se le puede prohibir la posesión de armas de fuego de por vida, perdiendo efectivamente sus derechos de la Segunda Enmienda para siempre.

Leyes federales sobre armas de fuego: Un compromiso nacional con la seguridad

Además de las leyes de California, las leyes federales afectan a sus derechos sobre las armas de fuego si está involucrado en un caso de VD. Específicamente, 18 United States Code § 922(g)(8) le prohíbe poseer armas de fuego si está sujeto a órdenes de restricción específicas relacionadas con VD. Esto demuestra la dedicación nacional a salvaguardar a las personas de los riesgos de la violencia doméstica y la gravedad de las restricciones de las armas de fuego en estas situaciones.

La ley federal impone una prohibición de por vida de poseer armas de fuego después de una condena por violencia doméstica, independientemente de si se trata de un delito menor o mayor. Esto significa que incluso si usted puede restaurar sus derechos bajo la ley de California, todavía tendrá prohibido poseer armas bajo la ley federal. La única manera de levantar esta prohibición federal es obtener un indulto presidencial.

¿Cuánto tiempo después de un cargo de violencia doméstica puedo poseer un arma?

Como puede ver, la restauración de sus derechos de armas de fuego después de una condena por violencia doméstica en California no es una tarea fácil.

Mientras que las condenas por delitos menores pueden permitirle recuperar sus derechos después de diez años bajo la ley estatal, las condenas por delitos graves le harán casi imposible volver a poseer armas de fuego. Sólo hay dos maneras de restaurar sus derechos de armas de fuego después de una condena por delito grave DV en California:

  • Indulto del Gobernador. Esta forma de clemencia puede restaurar completamente sus derechos de armas de fuego perdidos debido a una condena. Sin embargo, es poco frecuente y requiere que cumpla ciertos criterios y pase por un proceso de solicitud largo y complejo.
  • Reducción de Delito Mayor. Este procedimiento legal puede reducir su condena de delito grave a un delito menor si su ofensa es un "wobbler", lo que significa que puede ser acusado como un delito grave o un delito menor. Aunque la reduccion de delito grave puede aliviar algunas restricciones de armas de fuego, no elimina la prohibicion federal de por vida.

Restaurar sus derechos de armas en California es un proceso complejo que requiere un conocimiento profundo de las leyes estatales y federales.

Consultar con un abogado cualificado con experiencia en casos de violencia doméstica es crucial para navegar eficazmente por este panorama legal. Ellos pueden proporcionar asesoramiento experto, analizar su situación específica, y ayudarle a explorar las opciones potenciales para proteger sus derechos.

Preguntas frecuentes

¿Qué constituye posesión de armas de fuego en California?

En California, la posesión va más allá de la tenencia física de un arma de fuego. Incluye tener control o dominio sobre ella, incluso si está guardada, descargada o desmontada. La posesión también puede incluir la posesión constructiva, cuando el arma de fuego está a su alcance o bajo su control.

¿Cuánto tiempo después de ser notificado tengo que apagar mis armas?

Cuando se le notifique una orden de protección contra la violencia doméstica en California, debe entregar inmediatamente sus armas de fuego y munición a petición de cualquier agente de la ley o en un plazo de 24 horas si no hay petición.

¿Restablecerá un sobreseimiento bajo la Sección 1203.4 del Código Penal el derecho a portar armas tras una condena por violencia doméstica?

No, un sobreseimiento en virtud del artículo 1203.4 del Código Penal sólo elimina los antecedentes de la visibilidad pública, pero no los borra a efectos legales, como el restablecimiento del derecho a portar armas.

¿Me pueden denegar la propiedad de un arma de fuego por un cargo de violencia doméstica, aunque haya sido absuelto?

Sí, tanto la ley estatal como la federal pueden restringir la tenencia de armas de fuego a las personas sujetas a órdenes de alejamiento por violencia doméstica, incluso las temporales. Esto significa que es posible que tenga que entregar sus armas de fuego mientras el caso esté en curso.

¿Acusado de violencia doméstica por poseer un arma?

Si necesita ayuda para navegar por los cargos de violencia doméstica y la restauración de los derechos de armas de fuego en California, el asesoramiento jurídico de expertos es esencial. 

Las Oficinas Legales de Kerry L. Armstrong, APLC, es una firma de defensa criminal reconocida nacionalmente con años de experiencia manejando exitosamente casos de violencia doméstica en California.

Nuestro historial incluye numerosos resultados exitosos y clientes satisfechos. Entendemos las complejidades de esta delicada área legal y estamos comprometidos a ayudarle a navegar por el panorama legal y lograr el mejor resultado posible. 

No se conforme con menos. Póngase en contacto con nosotros hoy mismo y obtenga el apoyo legal que se merece.

Dónde encontrar nuestra oficina de San Diego

Foto del autor

Kerry L. Armstrong

 

Abogado Kerry Armstrong abrió su bufete en junio de 2007. El Sr. Armstrong asistió a Facultad de Derecho Thomas JeffersonSan Diego, California, y obtuvo su licenciatura en Universidad Estatal de Middle Tennessee. Kerry L. Armstrong obtuvo la certificación del Consejo de Especialización Jurídica del Colegio de Abogados de California de Derecho Penal en agosto de 2020, lo que le uno de los pocos abogados penalistas con un certificado de especialización jurídica en derecho penal en el condado de San Diego. Entre 2014 - 2019, el Sr. Armstrong fue seleccionado para su inclusión en el Súper Abogados de California un honor que sólo se concede al 5% de los abogados del país.