¿Qué Es la Copulación Oral con un Menor en California?

Consultas gratuitas y confidenciales

Cualquier acusación de delito sexual es una ofensa grave. Un delito sexual puede conllevar la posibilidad de tiempo en la cárcel o prisión, el registro obligatorio como delincuente sexual y el estigma negativo de una condena por delito sexual.

A abogado de defensa penal con experiencia puede ayudar a defender sus derechos y lograr un resultado favorable en su copulación oral caso.

La abogados de delitos sexuales en The Law Offices of Kerry L. Armstrong, APLC, revisarán los hechos de su caso y ayudarán a determinar si aplica una defensa legal válida.

Comuníquese con nuestra oficina en línea o llame 619-598-1703 hoy para programar su consulta inicial gratuita.

¿Qué Es el Delito de Copulación Oral con un Menor?

La Código Penal de California penaliza ciertos actos de copulación oral, es decir, “el acto de copular la boca de una persona con el órgano sexual o el ano de otra persona.”

California prohíbe la copulación oral con un menor para personas menores de 18 años. La definición de copulación oral en California no considera si el acto fue consensual.

Cualquier acto de copulación oral con un menor está prohibido, sea consensual o no.

Las acusaciones de delitos sexuales son graves y pueden llevar a consecuencias severas. The Law Offices of Kerry L. Armstrong, APLC, puede defender sus derechos en casos de copulación oral. Contáctenos en línea o llame al 619-598-1703 para una consulta gratuita. LLAME AHORA

Penas por Copulación Oral

Como ocurre con muchos delito sexuales, California clasifica el delito de copulación oral con un menor como un delito grave o un delito menor, dependiendo de las circunstancias y las edades relativas de las partes.

Si la víctima es menor de 14 años y el acusado es más de 10 años mayor que la víctima, la copulación oral con un menor califica como un delito grave.

Puede enfrentar una pena de prisión de tres, seis u ocho años. Si la víctima es menor de 14 años y la copulación oral se llevó a cabo en contra de su voluntad mediante el uso de fuerza, violencia, coacción, amenaza o amenazas de daño, el delito califica como un delito grave. Puede enfrentar una pena de prisión de ocho, diez o doce años.

Si la víctima tiene catorce años o más y la copulación oral se llevó a cabo mediante el uso de fuerza, violencia, coacción, amenaza o amenazas de daño, el delito califica como un delito grave.

Puede enfrentar una pena de prisión de seis, ocho o diez años. Si la víctima es menor de 16 años y el acusado es mayor de 21 años, la copulación oral con un menor es un delito grave. 

En otras circunstancias, el delito de copulación oral con un menor es un cargo de delito menor. Por ejemplo, cuando la víctima tiene 16 años y el acusado tiene 18, la copulación oral con un menor califica como un delito menor.

Un delito menor conlleva la posibilidad de hasta un año en la cárcel y una multa de hasta $1,000.

California describe otras formas de delitos de copulación oral en la sección 288 del Código Penal de California. 

Cualquiera que sea el grado del delito del que lo acusen, es crucial que contrate a un abogado calificado en delitos sexuales. Tiene demasiado que perder al dejar las cosas al azar. 

¿Enfrenta un Cargo de Copulación Oral con un Menor en California?

Si lo condenan por un delito sexual, corre el riesgo de renunciar a derechos y privilegios básicos, sin mencionar la posibilidad de pasar tiempo en prisión o registrarse como delincuente sexual.

Los abogados de delitos sexuales en The Law Offices of Kerry L. Armstrong, APLC, han llevado más de 100 casos penales a juicio con jurado y saben lo que se necesita para defenderlo.

Cuando su libertad está en juego, necesita a alguien con conocimiento y experiencia que represente a los acusados de delitos. Comuníquese con nuestra oficina en línea o llame 619-598-1703 hoy para programar su consulta inicial gratuita.

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Kerry L. Armstrong

 

Abogado Kerry Armstrong abrió su bufete de abogados en junio de 2007. El Sr. Armstrong asistió a la Facultad de Derecho Thomas Jefferson, San Diego, California, y recibió su B.S. de la Universidad Estatal de Middle Tennessee. Kerry L. Armstrong obtuvo la certificación de la Junta de Especialización Legal del Colegio de Abogados del Estado de California de derecho penal en agosto de 2020, lo que lo convierte en uno de los pocos abogados de defensa penal con un certificado de especialización legal en derecho penal en el Condado de San Diego. Entre 2014 y 2019, el Sr. Armstrong fue seleccionado para formar parte de la lista California Super Lawyers lista, un honor otorgado solo al 5% de los abogados del país.